Diccionario Jurídico Latín Español

f., debilidad, enfermedad || i. magistrātuum, falta de energía de los magistrados; imbēcillitātis damnāre, condenar por cobarde || escasa capacidad de reflexión.
 /imitátio/ Una traducción tosca sería la de imitación. Sin embargo, la imitatio es un principio de producción artístico. Fundado en el reconocimiento de la excelencia de obras precedentes, un autor romano podía basarse en una obra preexistente con el propósito de superarla. La imitatio involucraba un proceso de síntesis del pasado con lo nuevo, lo extranjero con lo autóctono. Generalmente se enuncia este principio como imitatio et aemulatio /imitátio et aimulátio/ imitación y emulación. Empero, la aemulatio es una variante del concepto, más amplio, de imitatio, tal y como Cicerón deja entrever en sus Disputaciones Tusculanas (Libro IV, VIII) cuando expresa: imitatio virtutis aemulatio dicitur /imitátio uirtútis aimulátio díkitur/ la imitación de la virtud se llama aemulatio –emulación-.
tr., imitar || expresar, reproducir, mostrar.
adj., lanzado, arrojado || introducido.
tr., inmolar, ofrecer un sacrificio || matar.
adj., inmortal.
adj., inmune; libre de toda carga o impuesto; mīlitia i., exento del servicio militar || que no paga || ocioso || inocente; i. manus, mano inocente || que no participa en.
adj., inmutable.
n., impedimento, obstáculo || impedīmenta nātūrae, imperfecciones naturales.
"gastos necesarios para prevenir el deterioro, destrucción o pérdida de un objeto. "