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Diccionario Jurídico Latín Español
declaro el derecho; adīccō lītem, confirmo, con arreglo a la instancia, la voluntad de las partes], permitir || producir, causar.
el derecho civil.
/iús kiuíle ... míra kuáidam in kognoskéndo suauítas et delectátio/ lat. cl. (Cic. De Orat. (I, 193) El extraordinario placer y gusto de aprender derecho.
situación legal concerniente a una propiedad territorial.
derecho natural.
/iús prímae nóktis/ lat. med. (Engels, Anti. 3.1) Derecho a la primera noche, derecho de pernada.
"derechos asociados con una división administrativa de una provincia, el cuerpo político y el gobierno. "
el derecho público.
n., derecho, justicia || las leyes || derecho [en cuanto a su aplicación y lugar donde se administra], tribunal de justicia || hecho [en general] || poder, autoridad || estado, condición.
n., justicia, ley: i. nātūrae, derecho natural, iūris initium ā nātūra ductum est, el principio básico del derecho ha emanado de la naturaleza || derecho escrito [que emana de las costumbres, las leyes, los edictos y la jursiprudencia]: i. consuetūdinis, derecho consuetudinario; i. cīuīlēs, el derecho civil que afecta solo a los ciudadanos romanos]; i. Quirītium, el derecho civil romano; i. gēntium, derecho de las gentes [que afecta a los ciudadanos de cualquier estado]; i. testāmentōrum, derecho de sucesiones || derecho, [sobre perosnas o cosas]; derecho [en general]: i. cīuitātis, derecho de ciudadanía; i. commerciī, derecho de propiedad; i. connūbiī, derecho a contraer matrimonio; i. honōrum, derecho a elegir magistrados y a presentarse como candidato; i. lēgis actiōnis, derecho a defender sus derechos ante la ley.