Diccionario Jurídico Latín Español

dep., tr., hablar, decir, pronunciar || fijar, determinar.
p. de pres. de egeō, adj., carente de, pobre, privado de.
intr., necesitar, carecer || ser pobre || estar necesitado de: nauxilii e., estar necesitado de auxilio.
/égo mínus sáipe do ad bos literas kuám pósum/ A menudo te envío menos cartas que las que puedo (Cicerón, Carta a Terencia y sus hijos, en Epístolas Familiares, Libro XIV, iv).
pron. pers., yo; mī, me.
tr. e intr., salir, traspasar: finibus e., salir de los territorios || pasar: relationem e., salirse del tema discutido; praeturam e., llegar más allá del cargo de prétor.
adj., eminente, distinguido, insigne, sobresaliente.
/éi uénit in méntem hóminum fortúnas/ se acordó de las desgracias de los hombres (Quinto Ennio, La Guerra Púnica, Libro I, 18). La expresión rige ablativo (ei) y genitivo (hominum fortunas). Respecto de este último, se emplea un genitivo sigmático arcaico (terminado es “s”, la letra sigma en el alfabeto griego), fortunas, en lugar de fortunae.
/éius est nóle, kuí pótest uéle/ No querer es (propio) de aquél que puede querer (Ulpiano 3 ad Sab., Digesto 5017.3).
adj., refinado, elegante: qui se elegantes dici uolunt, los que aspiran al título de personas distinguidas.